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Libertad de expresión (Parte II)

La libertad de expresión es eso, el poder hablar, opinar, publicar, cuestionar al gobierno y los gobernantes dentro de su actuar como servidores públicos…

La libertad de expresión se ha convertido en la libertad más vituperada de la actual democracia mexicana; tanto que hay gobernantes quienes reclaman su derecho a libre expresión y opinión política, se equivocan, no es ese el espíritu que da vigencia a este derecho.

La libertad de expresión es eso, el poder hablar, opinar, publicar, cuestionar al gobierno y los gobernantes dentro de su actuar como servidores públicos, se consagró para impedir que los políticos, en uso de su poder, reprimieran a periodistas o ciudadanos cualesquiera por disentir de la visión del gobernante.

Poder opinar o difundir críticas al gobierno en turno es un derecho del ciudadano, no del servidor público, significa poder vivir en un régimen liberal donde el gobernante no sea un ser casi omnipotente, inmune e intocable por quienes piensan diferente.

La democracia se basa en el respeto y la tolerancia a los diferentes, esto comienza con la libertad para disentir.

En México se consagró desde la primera Constitución escrita en el territorio, la de 1814. En el artículo 40 dice: “En consecuencia, la libertad de hablar, de discurrir y de manifestar sus opiniones por medio de la imprenta, no debe prohibirse a ningún ciudadano, á (sic) ménos (sic) que sus producciones ataque (sic) el dogma, turbe la tranquilidad pública u ofenda el honor de los ciudadanos”.

En síntesis, la libertad de expresión se garantiza mientras no promuevan levantamientos o inciten a la violencia, ni atenten contra el honor de una persona, como hasta hoy día se establece. Por tal, se puede cuestionar al servidor público con relación a su función, pero no su vida personal.

La Constitución de 1824 es menos firme en garantizar la libertad de expresión, los constituyentes evaden legislar con contundencia. El artículo 146 refiere que “La pena de infamia no pasará del delincuente que la hubiere merecido según las leyes”, pudiendo tener varias interpretaciones el texto, una de ellas que la injuria se considere un delito.

El texto constitucional en el artículo 161 remite a los estados de la federación la obligación de proteger la libertad de expresión: “Cada uno de los Estados tiene obligación: …IV. De proteger a sus habitantes en el uso de la libertad que tienen de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas, sin necesidad de licencia, revisión o aprobación anterior a la publicación…”. Es claro, la libertad de expresión busca proteger al ciudadano y su derecho a expresar sus ideas políticas. NO protege al gobernante del ciudadano.

La Constitución centralista, más cercana al absolutismo dictada en 1836, conocida como “Las Siete Leyes” es más contundente que su antecesora en materia de libertad de expresión. En la primera Ley, artículo II, de los derechos del mexicano; fracción VII establece: “Poder imprimir y circular, sin necesidad de prévia (sic) censura, sus ideas políticas. Por los abusos de este derecho, se castigará cualquiera que sea culpable en ellos…”. Hasta la ley «conservadora» protege el derecho a la expresión libre.

La lucha por la independencia y los posteriores movimientos políticos del siglo XIX, ponderaban la libertad de expresión como un valor sine qua non los estados democráticos no sobreviven.

Las democracias son liberales, pues sólo en la posibilidad de disentir se construyen consensos.

Lo que vive el país en materia de crímenes, persecuciones, hostigamientos y acoso para los periodistas y quienes difieren de los grupos de poder político o fácticos es mordaza, censura y así se le debe señalar. ¡Es la democracia quien está en vilo!

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